Reconocimiento de hijo extramatrimonial
Requisitos
La persona natural que se encuentre en el exterior y requiera la elaboración de escritura pública de reconocimiento de hijo extramatrimonial, debe solicitarla ante un Consulado de Colombia.
Requisitos
La persona natural que se encuentre en el exterior y requiera la elaboración de escritura pública de reconocimiento de hijo extramatrimonial, debe solicitarla ante un Consulado de Colombia.
Requisitos
La persona natural que se encuentra en el exterior y requiera conferir un poder general a una tercera persona, podrá hacerlo por escritura pública.
Costos y medios de pago
El cambio de nombre se puede hacer una sola vez.
Una vez realizada la escritura, usted deberá:
Reproducción electrónica autorizada por el Cónsul de Colombia que da plena fe de la correspondencia con la escritura pública original que se encuentra en el protocolo del Consulado, de conformidad con el artículo 79 del Decreto Ley 960 de 1970.
Requisitos